SERVICIOS
La mentalidad de servicio de GACI Ascensores S.L. es una de las señas de identidad de la cultura de empresa y constituye un elemento distintivo. Especialistas de servicios de mantenimiento de ascensores en Sevilla capital y provincia, tenemos un precio de mantenimiento ajustado. A continuación, englobamos los servicios de GACI Ascensores S.L. en las siguientes grandes áreas.
MANTENIMIENTO
SEGURIDAD
ASESORAMIENTO
MANTENIMIENTO
De acuerdo a los estrictos criterios de calidad internos, GACI Ascensores S.L. hace un mantenimiento activo de las instalaciones. Esto significa que, además de las tareas habituales de engrase y comprobación que se llevan a cabo mes a mes, nuestros operarios examinan en más de 114 puntos de chequeos y siguen el estado de cualquier componente que pueda ocasionar paros indeseados del ascensor, informando y asesorando a los propietarios de las acciones recomendables a llevar a cabo.
Como empresa de servicios, más del 80% de los empleados se dedican a actividades de instalación, seguridad y mantenimiento de los aparatos.
El mantenimiento preventivo tiene por objeto asegurar, en la mayor medida de lo posible, el correcto y normal funcionamiento de las instalaciones, eliminando y previniendo a tiempo los posibles fallos de material y funcionamiento y garantizando en todo momento una continuidad y seguridad en su utilización.
Para conseguir este objetivo es necesario efectuar una planificación inteligente que permita optimizar la correcta utilización de medios técnicos, materiales y humanos.
El objetivo de ser respetuoso con el medio ambiente es lograr economizar materias primas y energía, evitar residuos o conseguir reducir la nocividad de desperdicios inevitables durante el ciclo de vida del aparato elevador. Este objetivo se extiende desde la planificación y el desarrollo, pasando por la aportación de materiales, la instalación y la logística y el mantenimiento hasta la eliminación ecológica de piezas o de toda la instalación del mismo.
1. En un mantenimiento preventivo es imprescindible tener en cuenta una serie de condicionantes técnicos, legales y humanos:
Condicionantes Técnicos
El mantenimiento preventivo de GACI Ascensores S.L. define las operaciones técnicas que recomienda el fabricante además de otras complementarias.
Condicionantes Legales y Contractuales
Todos los ascensores deben ser revisados de forma periódica por un Organismo de Control Autorizado (O.C.A.) por la Administración e independiente de GACI Ascensores S.L. emitiendo el Acta de Inspección correspondiente.
Condicionantes Humanos
Si no se dispone de un personal técnico, responsable, formado y competente de nada sirve lo anterior. Es el elemento principal del sistema.
El personal técnico forma parte en la planificación de su trabajo bajo ciertas directrices, en base a su propia disponibilidad, condiciones de servicio de la instalación, estado de la misma, etc. por lo que resulta un sistema flexible que puede establecer prioridades en función de la demanda.
2. Mantenimiento correctivo es la acción realizada para restaurar la función requerida de un elemento defectuoso. Las pequeñas reparaciones se tratan normalmente mediante el proceso de mantenimiento correctivo urgente. Las reparaciones mayores se tratarán mediante el proceso de mantenimiento correctivo planificado basado en oferta cuando sea aplicable por contrato, ofreciendo un servicio impecable.
GACI Ascensores S.L. dispone de una amplia gama de repuestos originales que garantizan el perfecto funcionamiento y seguridad de las instalaciones, garantizando la disponibilidad de repuestos originales, al mantener stocks mínimos en repuestos necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones y así garantizar que no envejezcan en almacén.
GACI Ascensores S.L. proporciona formación a todo nuestro personal incluyendo gerencia con los medios y las oportunidades para un completo desarrollo, garantizando la eficacia y profesionalidad del Servicio que nuestros empleados prestan a nuestros clientes y usuarios, manteniendo permanentemente actualizados sus conocimientos y destrezas en función de las nuevas tecnologías.
3. Teleservicio 24 h.
Seguridad Permanente
Comunicación directa desde la cabina con nuestros técnicos 24 h.
Chequeo automático de la instalación
Intervención inmediata en caso de emergencia
Nuestro contrato de mantenimiento es personalizado y adaptado a cada tipo de cliente.
Si se está preguntando cuál es el precio de mantenimiento del ascensor o cuánto cuesta el mantenimiento de un ascensor o incluso el gasto de mantenimiento de un ascensor en una comunidad de propietarios, estaremos encantados de resolverle las dudas aquí.
SEGURIDAD
GACI Ascensores S.L. dispone de una completa documentación de información, con lo que detectamos posibles problemas o desgastes naturales de componentes, permitiendo el cambio por nuevos repuestos originales incluso antes de una interrupción o anomalía en las instalaciones.
ASESORAMIENTO
1. Atención comercial especializada.
Elaboración de presupuestos sin compromiso.
Asistencia técnica con visitas a obra.
Servicio de diseño personalizado.
2. Asesoría sobre las necesidades.
Modernizaciones de Ascensores
3. Asesoramiento.
GACI Ascensores S.L. dispone de un equipo de técnicos para asesorarles sea cual sea su duda, normativa, plazos de inspección, informes de inspecciones periódicas…
4. Proyecto.
Nos hacemos cargo de todo, pues ponemos nuestra experiencia a su servicio para llevar a cabo los proyectos más complejos. Le diseñamos un proyecto completo totalmente detallado en el que intervendrán perfectamente coordinado el binomio “obra civil-ascensor”.
5. Financiación completa y flexible: las mejores condiciones.
Gracias a los acuerdos adoptados por nuestro departamento financiero-comercial con distintas entidades bancarias podemos ofrecer a nuestros clientes financiaciones a medida llegando a financiar el 100% del proyecto incluyendo el aparato elevador. Imagínese la posibilidad de instalar un ascensor por unas decenas de euros al mes. La modernización para adaptar el aparato elevador a las necesidades actuales de confort y seguridad así como la normativa vigente también es posible. Es válido en general para todo el sector residencial, oficinas, Comunidades de Propietarios, particulares, administradores, comercios, industrias, grandes superficies, hoteles, colegios, hospitales públicos o privados, etc.
GACI Ascensores S.L. ponemos a su disposición nuestro departamento financiero de forma gratuita, que gracias al volumen de negocio que mantenemos con las entidades Bancarias, hemos cerrado unas condiciones ventajosas para nuestros clientes, con un plazo de pago bastante largo. Además, si lo desean concedemos créditos directamente a las comunidades de propietarios, lo que supone mas rapidez y facilidad a la hora de conceder el préstamo.
Como resultado obtendrá un producto de gran calidad y alta tecnología a través de una financiación cómoda y altamente competitiva.
Un crédito a un tipo de interés totalmente preferencial.
Trámites muy sencillos, sin pérdida de tiempo porque la entidad financiera le da un tratamiento preferente en la tramitación de la documentación ya que le atendemos en su domicilio y sin papeleos innecesario, por ser cliente de GACI Ascensores S.L.
NORMATIVA
En lo que respecta a la normativa de ascensores cabe destacar lo siguiente:
Reglamento 1997 RD 1314/1997 de 1 de agosto (BOE 30-9-1997)
Se traspone la aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo 95/16 de ascensores y con ella la exigencia de cumplir los requisitos esenciales de seguridad y salud, con la prohibición de limitar u obstaculizar la comercialización y/o la puesta en servicio.
Se desarrolla posteriormente los requisitos técnicos por la EN81-1 y EN81-2 de 1998, quedando anulada la ITC de 1987.
El R.D. 1314 anula el RAE 1985, manteniendo los artículos referidos a las condiciones y obligaciones de las empresas mantenedoras y de los propietarios de las instalaciones, el control del servicio y el registro de instalaciones y accidentes.
Resumen:
Con la entrada en vigor de la nueva Directiva de Ascensores 1-7-1999 por aplicación del RD 1314/1997, queda derogado el actual RAE RD 2291/1985 e ITC, a excepción de los artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 19 y 23 del RAE 1985 + ITC los que resumimos a continuación. Las CC.AA. disponen de potestad para ampliar dichas disposiciones.
En Europa aparece una norma que por primera vez se aplica al mantenimiento de ascensores y escaleras mecánicas: la EN 13015. En ella se expone todas las regulaciones que determinan las instrucciones de mantenimiento de nuevas instalaciones y las ya existentes. ¿Su contrato de mantenimiento cumple con ella?
OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO
El propietario es el responsable del buen estado y uso del ascensor, así como de impedir su utilización cuando no se garantiza la seguridad.
Contratar el mantenimiento con la empresa autorizada en su provincia.
Solicitar a su debido tiempo la Revisión General Periódica.
Atender la instalación, designando a las personas encargadas del servicio ordinario.
Impedir el funcionamiento si no reúne las debidas condiciones de seguridad.
En caso de accidente informar a Industria, al conservador e interrumpir el servicio hasta que se autorice por Industria.
Facilitar al conservador la realización de las revisiones y comprobaciones.
OBLIGACIONES DEL CONSERVADOR
Revisar, mantener y comprobar la instalación en los plazos fijados.
Enviar personal competente para corregir averías.
Informar por escrito qué componentes deben sustituirse por defecto de funcionamiento o ser antirreglamentarios.
Interrumpir el servicio cuando se aprecie riesgo o accidente. En caso de accidente informar al Servicio de Industria de la CC.AA.
Conservar desde la última inspección oficial, los justificantes de fechas de visitas, revisiones, elementos sustituidos e incidencias significativas.
Informar al propietario de la fecha en que debe solicitar la Revisión General Periódica.
Informar en el plazo de 15 días a Industria de las altas y bajas de los contratos de conservación.
PERSONAL ENCARGADO DEL APARATO ELEVADOR
Estar debidamente instruidos en el manejo del aparato del cual están encargados.
Impedir el uso del aparato cuando observen algunas anomalías en el funcionamiento de éste, avisando inmediatamente al propietario o arrendatario y al conservador y, cuando se trate de una emergencia, a los servicios públicos competentes.
Poner inmediatamente en conocimiento del conservador cualquier deficiencia o abandono en relación con la debida conservación de la instalación.
INSPECCIONES PERIÓDICAS OFICIALES
Las inspecciones periódicas se efectuarán bien por Industria o bien por las Entidades Colaboradoras Autorizadas en la provincia con la siguiente cadencia:
Edificios industriales y/o pública concurrencia: 2 años.
Edificios con más de 20 viviendas o 4 plantas: 4 años.
Otros edificios diferentes a los casos anteriores: 6 años.